¿Cuál es el plazo para reclamar un vuelo?
El plazo para reclamar un vuelo es de 2 a 5 años, como norma general, dependiendo del tipo de Reglamento que aplique en cada caso.
Este plazo varía dependiendo de si se trata del Convenio Montreal o por el Reglamento 261/2004 de la UE que varían su plazo límite de reclamación.
Plazo para reclamar por un retraso de vuelo o cancelación
- Convenio de Montreal: 2 años
- Reglamento 261/2004 de la UE que aplique a España: 5 años
- Reglamento 261/2004 de la UE a otros países: Es necesario ver el código civil por cada país.
Esta es una de las dudas más importantes que tienen los pasajeros afectados por su vuelo es la de conocer el plazo que tienen para presentar una reclamación desde el día en el que se realizó el vuelo afectado.
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Entrando en detalle...
Plazo para reclamar un retraso o cancelación por el Convenio Montreal
Según el Convenio de Montreal, el derecho a la indemnización por parte del pasajero afectado por la cancelación o el retraso de su vuelo se extingue cuando no se haya impuesto la acción correspondiente en el plazo de dos años desde la fecha en la que fue el vuelo.
Plazo para reclamar un retraso o cancelación por el Reglamento 261/20004 de la UE
La sentencia del TJUE de 22 noviembre 2012, que resuelve la cuestión prejudicial del asunto C-139/11, se pronunció al respecto y negó la aplicabilidad del plazo de caducidad de 2 años a las acciones derivadas del Reglamento UE 261/2004.
Se argumentó que dado que la medida de compensación prevista en el art. 7 del Reglamento UE 261/2004 no estaba contemplada en el Convenio de Montreal, no puede considerarse aplicable el plazo de caducidad de la acción referido. Se trata de una norma autónoma e independiente del Convenio Montreal.
Por lo tanto, la falta de contemplación expresa de la materia en el cuerpo de la norma comunitaria debe suplirse con las normas procesales aplicables en cada Estado miembro, siempre que esta regulación respete los principios de equivalencia y de efectividad.
Plazo para reclamar un retraso o cancelación por el derecho civil español
En consecuencia a la sentencia del TJUE, con respecto al Derecho español, debe aplicarse el artículo 1964 del Código civil que prevé que prescribirán a los 15 años las acciones tomadas por parte de los pasajeros afectados una vez transcurra este periodo.
Pese a esto, se publicó en el BOE la Ley 42/2015 del 5 de octubre, reformando la Ley 1/2000 del 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, destacando la parte que afecta al régimen de prescripción del Código Civil por el que se reduce de 15 a 5 años el plazo general establecido para la prescripción de las acciones personales.
Plazo para reclamar por una cancelación o retraso
Desde www.reclamaciondevuelos.com el plazo máximo por el que hemos llegado a reclamar es el de un cliente que realizó su vuelo 5 años anteriores a la reclamación.
Cada reglamento/convenio tiene sus fechas límite para llevar a cabo la reclamación, pero desde Reclamación de Vuelos recomendamos siempre realizar la reclamación en el mayor breve tiempo posible desde que ocurrió la incidencia, ya que el hecho es reciente y es mucho más sencillo recopilar la mayor información posible para llevar a éxito el caso de nuestro cliente.
Gracias a nuestro extenso equipo de abogados especializados en reclamaciones de vuelos, se encargarán de estudiar su caso sin ningún compromiso y reclamar por usted en caso de ver factible la reclamación.