Si tu vuelo ha sido cancelado a causa del Coronavirus y has aceptado el bono, puedes reclamar el reembolso.
En Reclamación de Vuelos te ayudamos a conseguir el importe completo, aunque hayas decidido aceptar el bono.
¿Bono o reembolso?
El debate sobre bono o reembolso en un vuelo cancelado por motivo de coronavirus sigue dando de qué hablar. Y es que algunas aerolíneas no lo están poniendo nada fácil a los pasajeros que quieren reclamar el reembolso completo de su billete.
Ante esta situación de incertidumbre, miles de afectados se han visto “obligados” a aceptar el bono ofrecido por la compañía aérea por miedo a perder su dinero. Sin embargo, muchos de ellos siguen queriendo el reembolso.
¿Puedo reclamar el reembolso si he aceptado el bono por un vuelo cancelado por coronavirus?
Sí, puedes reclamar el reembolso aunque hayas aceptado el bono.
¿Qué dice la Normativa Española sobre el bono y el reembolso de la cancelación de vuelo por Covid-19?
El Ministerio de Consumo además de demandar a 17 aerolíneas por no informar de manera clara a los afectados, va a solicitar que sean declarados nulos los contratos por los que los viajeros hayan aceptado un bono como alternativa a la devolución del dinero si antes no se les ha informado con claridad de que tenían la opción al reembolso.
Se considera que algunas aerolíneas están omitiendo una información clave a los pasajeros que han pagado billetes que no pueden disfrutar: que tienen derecho a recuperar el dinero y se puede reclamar.
¿Qué dice la Comisión Europea sobre el bono y el reembolso de un vuelo cancelado por motivo de coronavirus?
La normativa europea establece que:
- Ante la cancelación de un vuelo por coronavirus, las aerolíneas deberán ofrecer a los viajeros la opción de reembolso de su dinero.
- Permite a las aerolíneas emitir bonos como alternativa atractiva y fiable al reembolso del dinero, pero señala el carácter voluntario de la aceptación del bono por parte del pasajero.
- En caso de no ser aceptado por el cliente, la compañía aérea debe efectuar el reembolso del importe total del billete en un plazo de siete días a partir de la solicitud del pasajero.
- El reembolso en forma de bono solo es posible con el acuerdo del pasajero, tal y como figura en el artículo 8.1.a) del Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004.
Bajo este criterio, si has aceptado el bono sin que la aerolínea te haya ofrecido claramente la opción del reembolso, ese consentimiento se considerará viciado, por no contar con toda la información relevante. En este caso, seguirás manteniendo su derecho al reembolso.
Consentimiento Viciado:
¿Cuándo NO tengo derecho a solicitar el reembolso?
- ➤ Cuando explícitamente el pasajero haya solicitado sin consentimiento viciado el bono.
- ➤ Cuando haya recibido dinero, es decir, ya tenga el reembolso en su cuenta.