Si quieres calcular la indemnización por retraso o cancelación de un vuelo, puedes utilizar nuestro calculadora de distancia en vuelo para calcular la indemnización objetiva, pero debes tener en cuenta muchos otros factores como: la duración del retraso, la salida y llegada del avión, la aerolínea que opera el vuelo... así que vayamos por partes.
¿Cómo se calcula la indemnización de un vuelo?
Para calcular la indemnización de un vuelo hay diferentes factores a tener en cuenta y deben ser considerados en este orden lógico:
- Duración del retraso o cancelación: deben ser siempre superiores a 3 horas. Si no, no existe derecho a indemnización
- Ley que aplica: El Reglamento Europeo aplica únicamente a retrasos, cancelaciones y denegaciones de embarque (overbooking) cuando la aerolínea es europea, o bien, si despegas de un país europeo aunque la aerolínea no sea europea. Sin embargo, cuando la aerolínea no es europea ni despega de un país de la unión europea, rige el convenio de Montreal.
- Distancia del Vuelo: se debe medir la distancia ortodrómica (conocida como distancia a vuelo de pájaro) del vuelo para saber a qué indemnización se tiene derecho.
- Gastos que se pueden imputar en la indemnización
Explicamos:
1- Indemnización en función de la duración del retraso o cancelación:
La primera pregunta es responder si el retraso es más de 3 horas o no. Si no lo es no podrás reclamar en ningún caso una indemnización.
Si el retraso es de más de 3 horas, el siguiente paso es conocer la ley que aplica para calcular la indemnización...
2- ¿Qué ley aplica? Reglamento Europeo o Convenio de Montreal:
A- Indemnización por retraso o cancelación en un vuelo según el Reglamento Europeo
Distancia en Km | Indemnización por retraso | Reclamar por retraso |
---|---|---|
Menos de 1.500 km | 250 € | Reclamar |
1.500 Km - 3.500 Km | 400 € | Reclamar |
Más de 3.500 Km | 600 € | Reclamar |
B- Indemnización por retraso o cancelación según el Convenio de Montreal:
No se establecen indemnizaciones objetivas como en el reglamento europeo, pero por similitudes con éste reglamento, pueden darse las mismas indemnizaciones. Pero esto no depende de un reglamento objetivo, sino de un juez.
3- Gastos que se pueden imputar a indemnización:
Gastos en los que incurras o dejes de disfrutar por el retraso: hoteles perdidos en destino o pagados durante la espera por el vuelo retrasado, taxis, comidas en el aeropuerto o fuera de él, tours perdidos, alquiler de coche... >Además, podrás exigir el reembolso del billete comprado si decides no viajar porque el retraso del vuelo implica que tu viaje deja de tener sentido o bien puedes pedir el reembolso del nuevo billete adquirido en caso de que decidas buscar otra alternativa para llegar a tu destino si la aerolínea no te reprograma el vuelo de forma gratuita o bien rechazas la opción porque no te conviene
4- Indemnización por daños y perjuicios:
Daños y perjuicios ocasionados por el retraso: días de vacaciones, reuniones de trabajo, boda, pérdida de una entrevista...