Se pueden reclamar por un retraso, canclación u overbooking en base a tres conceptos según el Reglamento 261/2004 de la UE:
- En función de la distancia del vuelo cancelado, retrasado o con overbooking:
- Los gastos ocasionados o dejados de disfrutar:
Cualquier gasto derivado de la incidencia como puede ser noches de hotel pagadas o dejadas de disfrutar, taxis, comidas...
- Daños y perjuicios derivados de la incidencia:
Distancia en Km | Indemnización por retraso |
---|---|
Menos de 1.500 km | 250 € |
1.500 Km - 3.500 Km | 400 € |
Más de 3.500 Km | 600 € |
Pérdida de vacaciones, de día de trabajo, tiempo de espera...